En el artículo tercero de la Constitución marroquí encontramos que “el islam es la religión del estado”. Este artículo impide en la vida política de Marruecos cualquier intento de laicidad, ya que cualquier ley que no se adecúe a la legislación coránica e islámica, no puede ser aprobada por parte de los legisladores marroquíes.
Vamos a exponer aquí algunos de los aspectos negativos que genera este artículo:
- Dada la imposibilidad de separar lo religioso de lo civil en el Estado, supone la incompatibilidad con las normas democráticas conocidas internacionalmente.
- Las libertades individuales no están incluidas en la Constitución marroquí, como las relaciones sexuales fuera de la institución matrimonial o el consumo de bebidas alcohólicas.
- De acuerdo con la ley coránica respecto a la condición de la mujer, no hay igualdad a la hora de heredar entre una mujer y su hermano. Además la mujer marroquí no disfruta de los mismos derechos que un hombre ante la ley.
- La poligamia todavía está permitida en Marruecos.
- Con este artículo, todos los ciudadanos marroquíes están obligados a ser musulmanes. A esto hay que añadir que el estado no permite durante el mes de ramadán comer en público o consumir bebidas alcohólicas, así como no se permite cambiar a otra religión.
- Aún en el caso de que la mayoría de los diputados apoyasen una ley que entrase en contradicción con el texto coránico, ésta sería rechazada por parte del Tribunal Constitucional por considerarla que se contradice con el estado islámico.
- A los cristianos no les está permitido practicar su religión en Marruecos. Incluso les está prohibido ofrecer ayuda humanitaria en nombre sus instituciones cristianas.
- Las autoridades marroquíes permiten sin piedad la tortura y la masacre de miles de corderos en terribles condiciones para celebrar fiestas religiosas.
- El Ministerio de Hábices y Asuntos Islámicos recibe un enorme presupuesto del estado marroquí. Lo que aumenta los gastos del estado por razones que no son de interés para el desarrollo social de nuestro país.
- La homosexualidad está prohibida por ley.
- No hay posibilidad de que exista alguien que no quiera reconocer el derecho de herencia coránico, lo que implica que cualquier ciudadano marroquí no puede dejar en herencia de acuerdo a su voluntad.
- El matrimonio y el divorcio cumplen todas las condiciones coránicas, por lo que no se permite el matrimonio civil o mediante un contrato.
- Todos los ciudadanos extranjeros o no musulmanes que quieran casarse con una mujer marroquí, deben convertirse al islam para que sea un matrimonio reconocido por el estado marroquí.
- Todo recién nacido en Marruecos está obligado a llevar un nombre árabe o musulmán para que los padres puedan apuntarlo en el registro civil.
- Está absolutamente prohibido poner en duda al profeta Muhammad o criticar el islam.
- A los ciudadanos marroquíes que cambian de religión, como la cristiana, no les está permitido la construcción de sus propios templos de culto, frecuentar las iglesias o incluso el derecho crear asociaciones.
- Todo ciudadano marroquí debe ser enterrado, tras su defunción, de acuerdo con las prácticas islámicas, y en un cementerio musulmán.
- Todos los apóstatas que publican oficialmente su rechazo al islam pierden directamente su derecho a heredar.
- Todos los recién nacidos fuera de la institución matrimonial son considerados por parte del estado como niño expósito.
- Las relaciones sexuales fuera del matrimonio está prohibidas por ley.
Por todo esto, encontramos que el islam es la fuente única y principal para la ley, que regula los asuntos personales en Marruecos. Esto es lo que rechazamos porque entra en contradicción con un estado civil en el que cada ciudadano tiene el derecho a elegir lo que le conviene en su vida privada. Por eso solicitamos una Constitución civil y laica.
Permitirnos que llamemos vuestra atención sobre el hecho de que hay millones de musulmanes que viven en muchos países laicos en buenas circunstancias.

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